Matrícula Profesional de Prensa, Ley 12.908, Art. 13º, Estatuto del Periodista Profesional
Matrícula Profesional

25 de septiembre de 2006

Requisitos

Pueden solicitarla los periodistas afiliados o profesionales no afiliados.

Periodistas en relación de dependencia:

Deberán acreditar dos años en la profesión con sus respectivos aportes jubilatorios. Presentar Certificación de Servicios.

Periodistas colaboradores permanentes o eventuales (medios gráficos, audiovisuales, radiales y digitales):

Deben haber cumplido con la publicación de 24 notas anuales -con o sin firma, en uno o varios medios- durante los últimos dos años. Haber realizado los aportes correspondientes en cualquier sistema. La certificación puede expedirla un Contador Público Nacional.

A efectos de articular debidamente la obtención de la Matrícula Profesional de acuerdo a lo establecido por el Estatuto del Periodista Profesional, ley 12908, y la resolución del Ministerio de Trabajo del 25 de agosto de 2006, el trámite se debe iniciar en la Unión de Trabajadores de Prensa de Buenos Aires (UTPBA), Alsina 779, 2º piso, ciudad de Buenos Aires, Tel. 5218-2840 al 2845, de lunes a viernes en el horario de 11.00 a 20.00 hs.

Resolución


UTPBA

Alsina 779, 2º piso, ciudad de Buenos Aires.

Tel.: 5218-2840 / 2845 - E-mail: cccutpba@iplanmail.com.ar